Los formatos 606, 607 y 608 son los reportes mensuales que los contribuyentes dominicanos deben remitir a la DGII según la Norma General 07-2018: el 606 reporta las compras de bienes y servicios, el 607 las ventas y el 608 los comprobantes fiscales anulados. Se envían a través de la Oficina Virtual dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al período reportado, y deben remitirse incluso en cero cuando no hubo operaciones.
¿Qué son los formatos de envío de datos de la DGII?
Son el mecanismo con el que la DGII recibe, mes a mes, el detalle de las operaciones de cada contribuyente. La Norma General 07-2018, emitida el 9 de marzo de 2018, establece la obligación de remitir esta información, que sirve de soporte a tus declaraciones juradas de ITBIS (IT-1) y de Impuesto sobre la Renta.
Aquí está la parte que muchos negocios subestiman: la DGII cruza la información. Cada compra que tú reportas en tu 606 debería aparecer como venta en el 607 de tu proveedor. Cuando los números no coinciden, el sistema detecta la inconsistencia, y la carga de la prueba cae sobre ti.
¿Qué reporta cada formato?
| Formato | Qué reporta | Detalle clave |
|---|---|---|
| 606 — Compras de bienes y servicios | Costos y gastos con NCF: facturas de proveedores, ITBIS adelantado, retenciones de ITBIS e ISR practicadas a terceros | Sustenta los gastos deducibles del ISR y el crédito de ITBIS |
| 607 — Ventas de bienes y servicios | NCF emitidos en el período, retenciones que terceros te practicaron y ventas con factura de consumo iguales o mayores a RD$250,000 | Las facturas de consumo desde RD$250,000 se reportan con los datos del comprador (Norma 10-18) |
| 608 — Comprobantes anulados | Cada NCF anulado en el período con el motivo de anulación según el catálogo de la DGII | Evita que un NCF anulado figure como venta no reportada |
| 609 — Pagos al exterior | Pagos por servicios a proveedores del extranjero | Solo aplica si realizaste este tipo de pagos |
¿Cuándo se envían? El plazo y la regla del “en cero”
El artículo 8 de la Norma General 07-2018 fija el envío dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación. Las operaciones de julio, por ejemplo, se remiten a más tardar el 15 de agosto.
Y atención al detalle que más multas genera: si en un mes no tuviste compras, ventas ni anulaciones, igual debes enviar los formatos 606, 607 y 608 de manera informativa, en cero. No enviar nada no es una opción.
Cómo generar y remitir los formatos paso a paso
- Reúne y valida la información del período. Verifica que cada NCF esté completo y vigente, que los RNC de proveedores y clientes sean válidos y que los montos de ITBIS estén bien desglosados. La mayoría de los rechazos nace aquí.
- Genera el archivo. Tienes dos caminos: descargar las plantillas oficiales de Excel desde la página de formatos de envío de la DGII y digitar las operaciones, o generar el archivo automáticamente desde tu sistema de gestión, que toma los datos ya registrados en compras y ventas.
- Pre-valida el archivo. Usa la herramienta de validación antes de enviar: detecta NCF mal estructurados, RNC inválidos y errores de formato que provocarían el rechazo.
- Envía por la Oficina Virtual (OFV). Ingresa con tu usuario y clave en dgii.gov.do, ve a la sección de envío de formatos, selecciona el período y carga el archivo.
- Conserva el acuse de recibo. Es tu evidencia de cumplimiento en fecha ante cualquier requerimiento posterior.
- Concilia contra tus declaraciones. El total de ventas del 607 debe cuadrar con tu IT-1 del mismo período, y el 606 con los gastos que deducirás en el IR-2. Detectar el descuadre antes que la DGII siempre es más barato.

Los 6 errores más comunes (y cómo evitarlos)
| Error | Consecuencia | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| NCF o RNC mal digitados | Rechazo del archivo o inconsistencias en el cruce | Validar contra el padrón de la DGII; eliminar la digitación manual |
| No enviar los formatos en cero | Incumplimiento de deber formal sancionable | Calendarizar el envío mensual aunque no haya operaciones |
| Olvidar el 608 | NCF anulados aparecen como ventas omitidas | Registrar el motivo de anulación al momento de anular |
| 607 que no cuadra con el IT-1 | Inconsistencia detectada por la DGII | Conciliar antes de declarar, desde una sola fuente de datos |
| Consumos de RD$250,000+ sin datos del cliente | Reporte incompleto del 607 | Capturar los datos del comprador al facturar |
| Enviar fuera del plazo del día 15 | Sanciones por incumplimiento | Generar los formatos en el cierre mensual, no el día 14 |
¿Notas el patrón? Casi todos los errores tienen la misma raíz: información dispersa que alguien tiene que volver a digitar. Cuando la facturación, las compras y la contabilidad viven en un mismo sistema, como el módulo de Gestión Contable de SJ ERP, los formatos se generan desde las transacciones ya registradas y el margen de error se reduce drásticamente.
¿Qué cambia con la facturación electrónica (e-CF)?
Con el e-CF, la DGII recibe cada factura validada en línea, en tiempo real. Eso simplifica progresivamente la remisión de información, pero ojo: la prórroga de la facturación electrónica no modifica los plazos de los formatos de envío, que mantienen su calendario mensual habitual. Mientras convivan comprobantes tradicionales (serie B) y electrónicos (serie E), verifica en tu Oficina Virtual qué obligaciones de remisión aplican a tu caso.
Si todavía no emites e-CF, revisa los requisitos de la DGII y los pasos para implementar la facturación electrónica antes de tu fecha límite.
Preguntas frecuentes sobre los formatos 606, 607 y 608
¿Si no tuve compras o ventas en el mes, debo enviar los formatos?
Sí. La DGII establece que los formatos 606, 607 y 608 deben remitirse de manera informativa (en cero) aunque no haya habido operaciones en el período. La omisión, incluso en cero, constituye un incumplimiento de deberes formales.
¿Cuál es la fecha límite para enviar el 606, 607 y 608?
Dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al período reportado, según el artículo 8 de la Norma General 07-2018. Por ejemplo, las operaciones de julio deben remitirse a más tardar el 15 de agosto.
¿Qué pasa si envío un formato tarde o con errores?
El envío tardío o la omisión constituye un incumplimiento de deberes formales sancionable según el Código Tributario dominicano. Si detectas errores después de enviar, puedes remitir el formato rectificativo con la información corregida; lo importante es no dejar la inconsistencia, porque la DGII cruza tu 607 contra los 606 de tus clientes.
¿El formato 608 es obligatorio si no anulé ningún comprobante?
Sí, debe remitirse de manera informativa en cero. Cuando sí hay anulaciones, el 608 debe detallar cada NCF anulado y el motivo de la anulación, según el catálogo de razones de la DGII.
¿Qué es el formato 609 y quién debe enviarlo?
El 609 reporta los pagos por servicios al exterior. Solo lo remiten los contribuyentes que realizaron ese tipo de pagos en el período, conforme a la Norma General 07-2018.
¿Puedo generar los formatos automáticamente desde mi sistema?
Sí. Un ERP con módulo fiscal dominicano genera el 606, 607 y 608 directamente desde las compras, ventas y anulaciones ya registradas, en el formato que exige la DGII y sin redigitación. Es la forma más efectiva de eliminar los errores de digitación, que son la causa más común de inconsistencias.
Fuentes
- DGII — Norma General 07-2018 sobre Remisión de Informaciones (9 de marzo de 2018) y Norma General 10-18.
- DGII — Formatos de envío de datos (plantillas y herramientas oficiales).
- DGII — Instructivo de llenado y remisión del Formato de Envío 606 (PDF oficial).
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